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1) Atribuciones y obligaciones de la mesa directiva La administración de la Asociación estará a cargo de una Mesa Directiva compuesta por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y el número de vocales que se estime pertinente.
Durarán en su encargo por un período de un año, pudiendo ser reelectos una sola vez para el período inmediato siguiente. Los miembros de la Mesa Directiva que hubieren sido reelectos deberán esperar un período de dos años para volver a ser miembros de la Mesa Directiva.
La Mesa Directiva se reunirá cada vez que lo considere conveniente, de manera presencial o virtual, requiriéndose para ello la debida convocatoria por parte del Presidente o Vicepresidente.
Los Miembros de la Mesa Directiva deberán asistir en forma permanente a las juntas de Mesa Directiva. Si faltaren sin justificación tres veces consecutivas, o cinco alternadas durante su ejercicio, serán relevados de su cargo y el Presidente o el Vicepresidente en su ausencia, hará uso de sus facultades para proponer a los sustitutos.
La Mesa Directiva tendrá, entre otras, las siguientes obligaciones y atribuciones: a) Administración de la Asociación en general, con el fin de asegurarse del debido cumplimiento de los presentes Estatutos. b) Informar a sus miembros de las actividades y acontecimientos de trascendencia. c) Organizar y llevar a cabo las Asambleas Generales, requiriéndose para ello la debida convocatoria a los Asociados. d) Elaborar y presentar el Plan de Trabajo anual ante la Asamblea General correspondiente para su discusión y aprobación. e) Mantener un estrecho vínculo de comunicación con la oficina de la Fundación BECA y su Consejo, así como asegurar el cumplimiento de la misión y objetivos de la Fundación. f) Manejar los recursos de la Asociación de una manera transparente. h) Proporcionar informes periódicos y anuales de las actividades realizadas a la oficina de la Fundación. i) Fomentar la integración entre los Asociados. j) Asegurarse del debido cumplimiento de las resoluciones adoptadas en las Asambleas. k) Proporcionar apoyo a los Asociados, Instituciones Educativas u Organismos con los que existan convenios con la Fundación cuando así lo soliciten. l) En general, realizar todas las actividades necesarias para el debido cumplimiento de la misión, visión y objetivos de la Fundación BECA como de la Asociación de becarios.
2) El Presidente estará encargado de las siguientes actividades: a) Presidir las sesiones de la Mesa Directiva y de la Asamblea General correspondiente. b) Encargarse y velar por el debido seguimiento y cumplimiento de los acuerdos que se tomen. c) Representar a la Asociación. d) Elaborar el Programa Anual de actividades de la Asociación y velar por su estricto cumplimiento. e) Elaborar el informe periódico de las actividades realizadas a presentar ante la Asamblea General. Lo anterior de conformidad con los presentes Estatutos. f) Elaborar el informe anual de la Mesa Directiva, mismo que deberá ser presentado ante la oficina de Fundación BECA y miembros del Consejo. h) Velar y supervisar la debida administración de los fondos de la Asociación, para lo cual deberá firmar de manera conjunta con el Tesorero los documentos correspondientes. i) Firmar los Estados Financieros de la Asociación. j) Observar el debido cumplimiento de los objetivos, políticas y Estatutos de la Asociación. l) Procurar el ingreso de fondos para la Asociación mediante la obtención de patrocinios y otras actividades. n) Firmar las Actas.
3) Son atribuciones del Vicepresidente, ente otras, las siguientes: a) Fungir como coordinador general y apoyar en el desarrollo de los diversos proyectos de la Asociación. b) Sustituir al Presidente en los casos de ausencia temporal o permanente, asumiendo con ello todas las funciones que le corresponden a dicho cargo. c) Ejecutar las actividades que se le hubieren encomendado por la Mesa Directiva.
4) Son atribuciones del Secretario, entre otras, las siguientes: a) Elaborar la minuta de las reuniones de la Mesa Directiva, así como de la Asamblea General y asentarlas en el libro correspondiente que para estos efectos lleve la Asociación. b) Establecer el control y fluidez de la correspondencia de la Asociación. c) Llevar el control de asistencia a las sesiones. d) Elaborar el informe de los cambios ocurridos en el Consejo Directivo y notificarlo a los responsables de la Oficina de la Fundación. d) Conservar bajo su más estricta responsabilidad la correspondencia, los libros y documentos de la Asociación. e) Mantener informado a los Asociados de los asuntos de la Asociación. f) Convocar, conjuntamente con el Presidente, a las sesiones de la Asamblea General. g) Brindar apoyo en la ejecución de todos los proyectos de la Asociación. h) Firmar las Actas.
5) Son atribuciones del Tesorero, entre otras, las siguientes: a) Administrar de manera conjunta con la oficina de la Fundación los fondos de la Asociación, y mantener actualizados bajo su custodia y responsabilidad los documentos contables de la Asociación y toda la documentación relacionada. b) Firmar de manera conjunta con el Presidente los Estados Financieros de la Asociación. c) Rendir los informes de tesorería a la Mesa Directiva, a la Asamblea General y ante quien corresponda, durante los períodos que establezca la ley, los presentes Estatutos, así como los acuerdos de la Mesa Directiva y la Asamblea General. d) Realizar el cobro y control de las aportaciones que sean acordadas por la Asamblea o la Mesa Directiva. e) Velar, conjuntamente con el Presidente, por la estricta ejecución del Presupuesto de la Asociación. f) Autorizar junto con el Presidente las erogaciones que deban realizarse de conformidad con lo acordado por la Mesa Directiva y la Asamblea General. g) Apoyar al Presidente en la obtención de patrocinios u otros fondos para la realización de las actividades de la Asociación. h) Brindar apoyo en la ejecución de todos los proyectos de la Asociación.
6) Son atribuciones de los Vocales, entre otras, las siguientes: a) Brindar apoyo en la ejecución de todos los proyectos de la Asociación. b) Realizar las actividades que se les hubieren conferido dentro de su puesto, comité o mesa de trabajo. c) Velar por el buen funcionamiento de la Asociación.
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